Sin resolucion judicial de por medio: María Esther López
Por Elizabeth Ríos Chavarría
Con el objetivo de salvaguardar a pequeños y garantizar su bienestar, la diputada local de Morena, María Esther López Chávez presentó una iniciativa a fin de tipificar el delito de sustracción, retención y ocultamiento de menores, cometido por el progenitor.
La iniciativa presentada plantea reformas al artículo 179 y adiciona otro más al Código Penal de Jalisco, a fin de que se sancione penalmente la “conducta del progenitor que, sin tener la guardia o custodia del menor de edad o mayor incapaz, lo sustraiga, retenga u oculte”, es decir, quien se lleve al niño de su lugar de residencia habitual, así como incrementar las penas a los sujetos activos del mismo.
“Con esta propuesta de reforma no será necesaria la existencia de una resolución judicial previa en la que se establezca el régimen de custodia del menor a alguno de los progenitores, para que se considere a un sujeto activo del delito, al no existir consentimiento o autorización del otro progenitor que sí tenga la guardia y custodia, aun sin resolución judicial, siempre y cuando este se encuentre bajo su resguardo”.
Recalcó la importancia de la iniciativa, pues este tipo de conductas alteran el equilibrio de los menores, afectando así sus condiciones afectivas, sociales y culturales. Esto, agregó, se considera como un atentado en contra de los derechos humanos de este sector, quienes deben vivir en familia y en condiciones plenas de bienestar, a tener un sano desarrollo y sobre todo, vivir una vida libre de violencia.
Estas reformas también establecen incrementar la pena de tres a nueve años de prisión, y establecer una multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), “al progenitor que sin causa justificada o sin orden de autoridad competente, sustraiga, retenga u oculte a su hijo menor de dieciocho años o mayor incapaz, sin existir consentimiento o autorización del otro progenitor que tenga la guardia y custodia del menor, aun cuando no exista resolución judicial que dirima la custodia de los menores, pero que de hecho se encuentre su resguardo”, refirió.
