Ya no habrá más cifras o datos al aire, promete el Instituto de Transparencia

Los ciudadanos podrán exigir información pública cuando un trabajador del Estado presuma un programa o cite estadísticas ya sea en notas periodísticas o en sus redes sociales; si la información no existe o es errónea, se hará sujeto a una sanción, explicaron

Por Rafael Hernández Guízar

Cynthia Cantero, titular del Instituto de Transparencia de Jalisco, sentenció que de ahora en adelante, cada cosa que diga un funcionario público “será tomada como referencia de la existencia de información pública, lo que quiere decir que las notas periodísticas, constituirán elementos de convicción sobre la existencia de información a que se refiere”, precisó/Foto: Francisco Tapia

Cynthia Cantero, titular del Instituto de Transparencia de Jalisco, sentenció que de ahora en adelante, cada cosa que diga un funcionario público “será tomada como referencia de la existencia de información pública, lo que quiere decir que las notas periodísticas, constituirán elementos de convicción sobre la existencia de información a que se refiere”, precisó/Foto: Francisco Tapia

Ahora las notas periodís­ticas ya forman parte de un medio para exigir informa­ción pública, anunció ayer Cinthya Cantero Pacheco la titular del Instituto de Trans­parencia, Información Públi­ca y Protección de Datos Per­sonales (Itei).

Tras varias solicitudes de información que llegaron al instituto en torno a declara­ciones que se hicieron por funcionarios acerca de obras y programas, el Itei generó un nuevo criterio con el que los recursos serían resueltos.

De esta manera, cada cosa que se diga por los funciona­rios deberá tener el sustento necesario o podrían ser sus­ceptibles de sanciones al no aclarar que se trata de algo erróneo, adujo la presidenta del organismo, Cinthya Can­tero Pacheco.

“Serán tomadas como re­ferencia de la existencia de información pública, lo que quiere decir que las notas pe­riodísticas, constituirán ele­mentos de convicción sobre la existencia de información a que se refiere y constituirán mayor valor probatorio a la presunción de existencia de la información pública. En este caso las notas que existan en torno a determinada informa­ción pública publicada en los diferentes medios de comu­nicación, incluso en redes so­ciales, se podrán por parte del instituto, o de algún solicitante de información, como cierta”.

Las notas periodísticas que hablen de obras públi­cas, programas sociales –por ejemplo– o cualquier acto de autoridad en el que haya la necesidad de transparentar información, serían tomadas como medios probatorios para hacer las peticiones de información, es decir, podrían adjuntarse como un medio más del cual el funcionario en cuestión tendría la carga de la prueba para demostrar si es o no cierto lo dicho.

La información a conside­rar no sólo será la publicada en medios convencionales como la prensa, radio y tele­visión, si no el internet y las mismas redes sociales.

Salvador Romero Espi­nosa, comisionado del Itei, resaltó que tras una situación en la que se tomó algo dicho en una de las conferencias de prensa “mañaneras” del presi­dente de la República Andrés Manuel López Obrador donde dijo algo y luego, la oficina de la presidencia señaló que no estaba obligada a sustentar lo dicho, se reforzó el señalado criterio.

“Aquí en Jalisco ya no va a ser así, a partir de este crite­rio si un funcionario público declara que hay cierta infor­mación, ahora la carga de la prueba va a irse hacia el fun­cionario público para acredi­tar lo opuesto que no existe y por qué no existe a pesar de que haya referido que existe, si se refiere a un programa, una adquisición, a un dato es­tadístico, bueno, va a existir la presunción de que tiene la fuente del dato que refiere”.

Indicó que en caso de que la información proporciona­da por el funcionaria sea un error “requeriría una decla­ratoria formal de inexistencia y eso implica dar vista a la contraloría interna, al órgano de control interno del sujeto obligado y ahí ellos que ha­gan una investigación y de­terminen si hizo dolosamente la declaración o simplemente fue un desliz involuntario o una mala lectura de un dato que le pasaron”, agregó.

De esta forma, desde ayer el señalado criterio forma parte ya de las herramientas con las que se pueden tomar determinaciones para delibe­rar en torno a una petición de información.