Ya no habrá más cifras o datos al aire, promete el Instituto de Transparencia
Los ciudadanos podrán exigir información pública cuando un trabajador del Estado presuma un programa o cite estadísticas ya sea en notas periodísticas o en sus redes sociales; si la información no existe o es errónea, se hará sujeto a una sanción, explicaron
Por Rafael Hernández Guízar

Cynthia Cantero, titular del Instituto de Transparencia de Jalisco, sentenció que de ahora en adelante, cada cosa que diga un funcionario público “será tomada como referencia de la existencia de información pública, lo que quiere decir que las notas periodísticas, constituirán elementos de convicción sobre la existencia de información a que se refiere”, precisó/Foto: Francisco Tapia
Ahora las notas periodísticas ya forman parte de un medio para exigir información pública, anunció ayer Cinthya Cantero Pacheco la titular del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales (Itei).
Tras varias solicitudes de información que llegaron al instituto en torno a declaraciones que se hicieron por funcionarios acerca de obras y programas, el Itei generó un nuevo criterio con el que los recursos serían resueltos.
De esta manera, cada cosa que se diga por los funcionarios deberá tener el sustento necesario o podrían ser susceptibles de sanciones al no aclarar que se trata de algo erróneo, adujo la presidenta del organismo, Cinthya Cantero Pacheco.
“Serán tomadas como referencia de la existencia de información pública, lo que quiere decir que las notas periodísticas, constituirán elementos de convicción sobre la existencia de información a que se refiere y constituirán mayor valor probatorio a la presunción de existencia de la información pública. En este caso las notas que existan en torno a determinada información pública publicada en los diferentes medios de comunicación, incluso en redes sociales, se podrán por parte del instituto, o de algún solicitante de información, como cierta”.
Las notas periodísticas que hablen de obras públicas, programas sociales –por ejemplo– o cualquier acto de autoridad en el que haya la necesidad de transparentar información, serían tomadas como medios probatorios para hacer las peticiones de información, es decir, podrían adjuntarse como un medio más del cual el funcionario en cuestión tendría la carga de la prueba para demostrar si es o no cierto lo dicho.
La información a considerar no sólo será la publicada en medios convencionales como la prensa, radio y televisión, si no el internet y las mismas redes sociales.
Salvador Romero Espinosa, comisionado del Itei, resaltó que tras una situación en la que se tomó algo dicho en una de las conferencias de prensa “mañaneras” del presidente de la República Andrés Manuel López Obrador donde dijo algo y luego, la oficina de la presidencia señaló que no estaba obligada a sustentar lo dicho, se reforzó el señalado criterio.
“Aquí en Jalisco ya no va a ser así, a partir de este criterio si un funcionario público declara que hay cierta información, ahora la carga de la prueba va a irse hacia el funcionario público para acreditar lo opuesto que no existe y por qué no existe a pesar de que haya referido que existe, si se refiere a un programa, una adquisición, a un dato estadístico, bueno, va a existir la presunción de que tiene la fuente del dato que refiere”.
Indicó que en caso de que la información proporcionada por el funcionaria sea un error “requeriría una declaratoria formal de inexistencia y eso implica dar vista a la contraloría interna, al órgano de control interno del sujeto obligado y ahí ellos que hagan una investigación y determinen si hizo dolosamente la declaración o simplemente fue un desliz involuntario o una mala lectura de un dato que le pasaron”, agregó.
De esta forma, desde ayer el señalado criterio forma parte ya de las herramientas con las que se pueden tomar determinaciones para deliberar en torno a una petición de información.
