Diputado Ismael Espanta propone eliminar vejatorio requisito

De aprobarse los cambios en la ley, las mujeres quedarían exentas de la obligatoriedad de presentar o exhibir un documento que pruebe su ingravidez o gravidez, como requisito para continuar con el proceso de una separación judicial

Por Elizabeth Ríos Chavarría

“Este requisito representa una invasión a su privacidad; además la actual legislación no contempla la edad de las mujeres las que son obligadas a presentar este documento aun con la improbabilidad de que puedan embarazarse”, manifestó el legislador Ismael Espanta sobre su propuesta/Foto: Francisco Tapia

“Este requisito representa una invasión a su privacidad; además la actual legislación no contempla la edad de las mujeres las que son obligadas a presentar este documento aun con la improbabilidad de que puedan embarazarse”, manifestó el legislador Ismael Espanta sobre su propuesta/Foto: Francisco Tapia

Por considerar que viola los derechos humanos y constituye una invasión flagrante a la privacidad, en el Congreso de Jalisco trabajarán por erradicar la obligatoriedad de la presentación del certificado de embarazo durante un proceso de divorcio.

El diputado proponente de la iniciativa, el emecista Ismael Espanta Tejeda presentó una propuesta de reforma al Código Civil de Jalisco y al de Procedimientos Civiles del Estado para que esto sea posible.

De acuerdo al emecista, de aprobarse los cambios las mujeres quedarían exentas de la obligatoriedad de presentar o exhibir un certificado de ingravidez o de gravidez, como requisito indispensable para continuar con el proceso de un divorcio judicial por mutuo acuerdo o administrativo.

“Consideramos que esta situación constituye una violación a los derechos humanos y legales de las mujeres a quienes se les obliga a presentar una prueba de embarazo o de ingravidez. Sin duda este requisito representa una invasión a su privacidad; además la actual legislación no contempla la edad de las mujeres las que son obligadas a presentar este documento aun con la improbabilidad de que puedan embarazarse”, detalló.

En el cuerpo de la iniciativa, Espanta Tejeda justificó que en igualdad de circunstancias –ya que este documento se pide por “cuestión de género”- las mujeres deben tener el derecho a la privacidad  y a que tengan un “legítimo derecho” al desarrollo de la personalidad libre de violencia de cualquier tipo.

“Constituye una violación a sus derechos humanos y legales el que se vean obligadas a hacerse una prueba de embarazo o ingravidez. Es una invasión flagrante a su privacidad, ya que además de ser de carácter obligatorio no prevé que las mujeres se divorcien en cualquier edad de su vida. Se ha dado casos de divorcios en mujeres que tienen más de 50 años de edad, y que por tanto es improbable que puedan estar embarazadas y aun así  son obligadas por este precepto legal a hacerse una prueba de embarazo, lo que conlleva a pasar por un trámite que a todas luces es innecesario”.

Por ello y de aprobarse la iniciativa, agregó, los consortes que de común acuerdo resuelvan divorciarse, presentarán ante el juez competente su solicitud de separación así como las actas que acrediten el estado civil de los implicados y las actas de nacimiento de ellos y si los hubiera de sus hijos nada más.