Al padre infractor incluso le quitarían la patria potestad: Jorge Alberto Casas

La propuesta del legislador local contempla cambios al código civil y al código penal de Jalisco para evitar que los menores lleven la peor parte en el proceso de separación de sus padres

Por Elizabeth Ríos Chavarría

La utilización de los hijos como objetos para resarcir frustraciones entre los cónyuges se ha convertido en un problema recurrente, pues cada día hay más casos en que uno de los progenitores violenta, de manera injustificada, el derecho de convivencia de los hijos con el otro padre; por esto hay que sancionarlo/Foto: Cortesía

La utilización de los hijos como objetos para resarcir frustraciones entre los cónyuges se ha convertido en un problema recurrente, pues cada día hay más casos en que uno de los progenitores violenta, de manera injustificada, el derecho de convivencia de los hijos con el otro padre; por esto hay que sancionarlo/Foto: Cortesía

Al ser un fenómeno al que pocos prestan atención, José Alberto Casas Reynoso, diputado del Congreso de Jalisco, propuso reformas al Código Civil del Estado de Jalisco y al código penal para que sean sancionadas las conductas de alienación parental, hasta con el retiro de la patria potestad.

El diputado emecista recalcó la importancia de crear mejores marcos jurídicos en la materia, a fin de ser congruente con el principio constitucional de atender el interés superior de niños y adolescentes en Jalisco, en especial aquellos que sufren por la separación de los padres y la intención de alguno en dañar al otro.

“La alienación parental es la manipulación o inducción que un progenitor o quienes tienen relación con el menor realizan hacia él mediante la crítica exagerada e injustificada, en contra del otro progenitor, o de quienes tengan relación de parentesco con el menor; tendiente a obtener de éste rechazo, rencor, odio o desprecio hacia estos”.

Señaló que la utilización de los hijos como objetos para resarcir frustraciones personales entre los cónyuges se ha convertido en un problema recurrente, pues está acrecentando de manera alarmante los casos en que uno de los progenitores violenta, de manera injustificada, el derecho de convivencia de los hijos con el otro padre.

Como antecedente, detalló que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya se ha pronunciado respecto de la obligación de los jueces de resolver estos casos con la mayor prontitud, al grado de que en entidades como Guanajuato, Colima, Aguascalientes, Baja California Sur, Durango, Yucatán y Chihuahua ya incluyeron reformas similares en su legislación.

“Es deber de este Congreso del Estado hacer que se escuchen las voces de todos aquellos menores que se encuentran limitados en el ejercicio de su derecho a la convivencia. En el código civil se propone una modificación al artículo 574 para precisar que: “proceda la restricción o suspensión del derecho de visitas y convivencia cuando (…) el padre o madre genere conductas propicias a la alienación parental”.

En tanto, la reforma al código penal contempla incluir en el apartado de “Agravantes comunes a los delitos contra el desarrollo de la personalidad”: el incremento de penas cuando “el sujeto activo tenga la patria potestad, tutela, guarda, custodia e incurra en conductas de alienación parental”.