Blindaje Constitucional

Plantean que el Gobierno de Jalisco y los Municipios Tengan la Rectoría Para Otorgar los Servicios de Agua a Concesiones o Transferencias Para Particulares

Por Rafael Hernández Guízar

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La iniciativa es del legislador morenista Martín Franco Cuevas/Foto: Cortesía

El diputado morenista Martín Franco Cuevas propuso reformar la Constitución de Jalisco para que sea el gobierno estatal y los municipales los que tengan la rectoría para otorgar los servicios de agua a concesiones o transferencias para particulares.

Destacó que se trata de prohibir la concesión, delegación o cualquier otra forma de transferencia a particulares de la operación de la infraestructura destinada para garantizar los derechos humanos, especialmente el derecho al agua potable.

“La Constitución de Jalisco debe reconocer expresamente que el agua no constituye únicamente un servicio público, es un derecho humano y un elemento estratégico cuya garantía corresponde prioritariamente al Estado debido a que su control y administración influyen en la salud pública, desarrollo urbano, economía y bienestar social, de las decisiones hidráulicas afectan comunidades enteras y generaciones futuras”.

La propuesta del morenista es que la gestión del agua debe orientarse bajo los principios de acceso universal, equidad, sostenibilidad y protección ambiental, justicia social y garantías efectivas del derecho reconocido por la constitución federal y los sistemas públicos de captación, potabilización, saneamiento y distribución del agua, sean consideradas en su conjunto infraestructura estratégica para la garantía de la satisfacción de dicho derecho, y que esto sea facultad exclusiva del estado y los municipios para que se pueda preservar la capacidad pública suficiente para la dotación del servicio.

“Quedará prohibido otorgar concesiones, asociaciones público – privadas, contratos de largo plazo, esquemas de participación privada, mecanismos de operación delegada o cualquier otra figura jurídica que implemente implica transferir a particulares la construcción, administración y mantenimiento, rehabilitación, operación y explotación o control de la infraestructura estratégica indispensable para garantizar dichos derechos humanos”.

El diputado destacó también que al tratarse de un derecho el agua potable, el saneamiento y abastecimiento para consumo personal y doméstico, su prestación, conducción y operación, debe de ser una función exclusiva del gobierno Estatal y de los organismos públicos que determine la ley sin posibilidad de que haya concesión o delegación a particulares a través del uso de cualquier figura jurídica.