No hay necesidad de reformas, reviran diputados de Morena
Por Elizabeth Ríos Chavarría
Luego de que en el Congreso de Jalisco se planteara la posibilidad de regresar el juicio de procedencia para desaforar funcionarios, tras el caso del magistrado José de Jesús Covarrubias Dueñas, señalado de abusar de una menor, el coordinador de la fracción de Morena, José María Martínez, explicó que no hacen falta reformas para quitarle el fuero al acusado.
En rueda de prensa, y acompañado del diputado Tomás Vázquez Vigil, el líder de la bancada de oposición aseguró que el Congreso local cuenta ya con las atribuciones legales necesarias para quitar el fuero, ya que el juicio de procedencia para juzgadores se mantiene vigente de acuerdo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
“Tenemos muy claro que la atribución del congreso es vigente para conocer de cualquier solicitud que nos haga el Ministerio Público y también poder declarar la procedencia, que en el ámbito legal se conoce procedencia penal, para que el MP pueda consignar a uno de los servidores públicos contemplados con fuero a partir de esta sentencia”.
Recordó que en 2016 se hizo una reforma en el Congreso de Jalisco para desaparecer el fuero y la declaratoria de procedencia, la cual fue recurrida ante la SCJN la cual resuelve, en 2019, la validez de una parte de la reforma en razón del fuero que gozaban secretarios y diputados.
“Por otro lado, no reconoce la validez constitucional por motivo del fuero que gozan los magistrados, consejeros de la judicatura y jueces. Esto es, los artículos constitucionales que establecen el fuero para los magistrados, jueces y consejeros tienen vigencia, así lo determina la corte”.
Insistió, según su interpretación, que los artículos siguen vigentes a pesar de la reforma del 2016, pues la resolución de la corte se hizo en septiembre del 2019 al congreso, y cuyo trámite fue dirigido al Centro de Investigaciones Legislativas para que se hiciera la actualización correspondiente de la Constitución de Jalisco.
“Esta reminiscencia de los artículos constitucionales es amplia y también nos permite que el procedimiento que desapareció de la anterior Ley de Responsabilidades pueda estar vigente para estos efectos. En síntesis, la corte determinó la reminiscencia de los artículos no solo en los que se plantea el fuero para magistrados, consejeros y jueces, sino también el procedimiento para que nosotros estemos en aptitud jurídica de poder resolver cualquier solicitud tratándose de una declaratoria de procedencia”, concluyó.