Por emitir sentencias contrarias para permitir torre de departamentos

Por Elizabeth Ríos Chavarría

Fotografía relevante a la nota.

Aunque fue aprobado por el pleno del Congreso de Jalisco, algunos diputados votaron por desechar el inicio del procedimiento contra el magistrado Armando García (imagen 2), ya que se trata de una falta procesal, y las pruebas presentadas no alcanzarían para acreditar un daño grave/Fotos: Archivo Página 24

Con 24 votos a favor, el pleno del Congreso de Jalis­co aprobó iniciar el procedi­miento de juicio político en contra del magistrado Arman­do García Estrada, presidente de la cuarta sala unitaria del Tribunal de Justicia Adminis­trativa (TJA) en la entidad.

El trámite se avaló en se­sión extraordinaria y no to­dos los diputados estuvieron de acuerdo con esto, pues se presentaron cinco votos en contra y cuatro abstenciones.

Cabe recordar que un ciu­dadano presentó la solicitud de juicio político en contra del magistrado, por presuntas irregularidades en la cons­trucción de una torre de de­partamentos en los cruces de Alberta y Otranto, en la colo­nia Providencia, ya que Gar­cía Estrada emitió sentencias contrarias a las determinadas por otro magistrado para dar pie a la construcción.

Sin embargo, a decir de la presidenta de la Comisión de Responsabilidades, María Es­ther López Chávez, el dicta­men fue enviado al pleno para que fuera desechado, ya que no se presentaron los respecti­vos elementos para documen­tar las irregularidades que le señalan al servidor público.

“Los juicios políticos tie­nen que ser apegadísimos a la denuncia, la causa de juicio político concreta. No estamos respondiendo ni a la fama del servidor público, ni a su com­portamiento anterior, ni a su condición de servidor enemi­go de otros políticos, ni mu­cho menos, aquí tenemos que apegarnos al derecho, a lo que la ley nos permite, y en ese término yo tomé la decisión de desecharlo, sin embargo, sí de dar vista al órgano interno de control del tribunal, para efecto de que se investiguen las faltas que sí se vislum­bran”.

Dijo que a todo caso al órgano interno le correspon­dería analizar el caso y deter­minar alguna sanción, pues por los elementos aportados, consideró, no existen las ba­ses suficientes para iniciar el juicio político en contra del señalado.

“Es una falta procesal que se presume puede haber cau­sado algún daño a las partes, sin embargo, en las pruebas que nosotros recibimos y to­das las pruebas que aportó (el que demandó) no nos da para entender que realmente haya habido un daño grave, ni siquiera daño al erario, ni si­quiera que haya violentado los derechos humanos de nadie. Es un asunto procesal de un juicio de lo administrativo”.

Sin embargo, como la ma­yoría aprobó incoar (iniciar) con el proceso de juicio po­lítico, el señalado deberá ser notificado para que tome las acciones correspondientes y, de acuerdo a los procesos, el denunciante también aporte las pruebas respectivas para seguir con el trámite.