Increíble: Diputados eliminan calificación mínima aprobatoria

Se estaría cayendo en una inconstitucionalidad, porque la Carta Magna establece el requisito de “acreditar” los conocimientos suficientes para el cargo

Por Elizabeth Ríos Chavarría

En el Congreso de Jalisco no se complican –o no al menos la aplanadora naranja–: una vez más bajaron los estándares, pues a los candidatos a magistrado no se les exigirá obtener al menos 80 de calificación en el examen de conocimientos/Foto: Francisco Tapia

En el Congreso de Jalisco no se complican –o no al menos la aplanadora naranja–: una vez más bajaron los estándares, pues a los candidatos a magistrado no se les exigirá obtener al menos 80 de calificación en el examen de conocimientos/Foto: Francisco Tapia

Luego de que en el pasa­do proceso de elección para consejeros de la judicatura todos, menos un aspirante, reprobaron el examen de conocimientos, el pleno del Congreso de Jalisco avaló reformas a la Ley Orgánica del Poder Legislativo con la finalidad de eliminar la ca­lificación mínima aprobato­ria de 80 puntos.

De cara a los nueve nom­bramientos que diputados tienen pendientes de magis­trados, estas reformas esta­blecerán que los elegibles a estos cargos serán los cinco aspirantes mejor evaluados, sin importar si la califica­ción que obtengan es menor a 80 en el examen de cono­cimientos.

La propuesta fue avalada en fast-track, ya que a inicios de la sesión extraordinaria se presentó la iniciativa de re­forma, para lo cual legislado­res decretaron un receso a fin de turnarla a las comisiones legislativas y darle el trámite correspondiente para su final aprobación.

Esto causó en varias ban­cadas parlamentarias descon­tentos, pues a decir de dipu­tados del PRI, el erradicar el requisito de calificación mí­nima aprobatoria, para ser un candidato elegible, se caería en una acción de inconstitu­cionalidad.

“Nos están proponiendo eliminar el requisito de una calificación mínima de 80 en el examen para poder declarar elegible a un aspirante. Es po­sible que estemos cometien­do una inconstitucionalidad, porque en el texto de nues­tra Carta Magna se estable­ce que para ser elegibles los aspirantes deben ‘acreditar’ el examen de conocimientos. Vamos primero a suponer que las calificaciones más altas no logran aprobar el examen. ¿Se considera aun así que lo acre­ditaron? No estoy segura de eso”, refirió la coordinadora del PRI, Mariana Fernández.

Manifestó que en el caso de que existan más de cinco perfiles que obtengan más de 80 en el examen teórico se limitaría la posibilidad de elección, al negar derechos a aquellos que se prepararon con antelación y demostraron ser capaces para el cargo.

Se expedirá una convoca­toria por cada uno de los as­pirantes (nueve magistrados y un consejero), bajo el prin­cipio paridad y regla de alter­nancia de géneros. Una vez cerrado el proceso de registro, el Congreso enviará copia de los aspirantes al Comité de Participación Social (CPS) del Sistema Estatal Antico­rrupción (SEA), quien será el encargado de evaluar a los concursantes.

Cuando el comité emita un dictamen técnico sobre la elegibilidad de cada uno de los participantes, cada grupo parlamentario podrá enviar a la comisión legislativa encar­gada del proceso una lista de candidatos propuestos de en­tre los inscritos.