Por Neldy San Martín

Julio 5, Ciudad de México (apro).- La Comi­sión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) anunció que analiza las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor y al Código Penal Federal publicadas el pasado 1 de julio en el Diario Ofi­cial de la Federación (DOF) para valorar si vulneran de­rechos y libertades y, en su caso, interponer una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Luego que organizaciones de la sociedad civil en defen­sa de los derechos digitales y la neutralidad en la red exigie­ran a la CNDH interponer una acción de inconstitucionalidad en contra de las medidas antes del 31 de julio, el organismo autónomo anunció que se en­cuentra “estudiando minucio­samente” y analizando, a la luz del texto constitucional, el contenido de las reformas.

“Para dilucidar si pudiesen incumplir con los mandatos constitucionales en materia de derechos humanos, esto es, si pudieran conculcar derechos humanos y libertades recono­cidos en el bloque de consti­tucionalidad”, manifestó la oficina de la ombudsperson.

El organismo, cuya titular es Rosario Piedra, señaló que en el supuesto de que las re­cientes reformas y adiciones al Código Penal Federal y a la Ley Federal del Derecho de Autor pudieran vulnerar o afectar derechos fundamenta­les se procederá a la elabora­ción de la acción de inconsti­tucionalidad.

“De acuerdo con la facul­tad que le otorga a esta Comi­sión el artículo 105, fracción II, inciso g de la Constitución Política de los Estados Uni­dos Mexicanos, para someter al escrutinio constitucional del Máximo Tribunal del país esas reformas, a efecto de que se invaliden las dis­posiciones que vulneren los derechos humanos de las per­sonas”, explicó.

El Congreso se apresura a aprobar, sin discusión, los pasados 29 y 30 de junio, las reformas en la materia como parte de las leyes secunda­rias del Tratado entre Méxi­co, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) para “armonizar” la legislación nacional confor­me al capítulo 20 del Tratado sobre Derechos de Propiedad Intelectual.

Entre las medidas, que en­traron en vigor el pasado 2 de julio, se encuentra un meca­nismo llamado de “notifica­ción y retirada”, con el que se obliga a los proveedores de servicios de Internet a re­mover cualquier contenido de un usuario, como puede ser un meme, fotografía o video, cuando una persona alegue que se violan sus derechos de autor, sin necesidad de aportar pruebas y sin la orden de una autoridad judicial.

ONGs y colectivos ase­guran que esta disposición es inconstitucional al tratar­se de una medida de censura extrajudicial que viola la li­bertad de expresión, consa­grado en los artículos 6 y 7 de la Constitución y en tra­tados internacionales.