Ciudadano Presentó Solicitud con Respaldo de Morena y PT

Que no se Haga “Politiquería” con el Ejercicio, Dice la Alcaldesa Emecista

Por Rafael Hernández Guízar

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El promovente de la solicitud de revocación de mandato en contra de la presidenta municipal de Guadalajara, Verónica Delgadillo García, es el ciudadano Hugo Lupercio/Foto: Cortesía

El ciudadano Hugo Lupercio presentó ante el IEPC una solicitud de revocación de mandato en contra de la presidenta municipal de Guadalajara, Verónica Delgadillo García, entre los argumentos, destacó la falta de atención y servicios deficientes al Oriente de la ciudad. La iniciativa cuenta con el respaldo de Morena y del PT desde el Congreso de Jalisco.

“Esta revocación de mandato se hace porque los ciudadanos de Guadalajara, de las 478 colonias que tienen registradas, estamos hartos; ya estamos hartos de no ser atendidos, de que nos jueguen el dedo en la boca nomás, es por eso al platicar aquí con la licenciada Itzul (Barrera), con varios diputados, me apoyan para hacer esta propuesta de revocación de mandato y espero que sea efectiva”, dijo el promovente.

Dicha solicitud fue anunciada por el promovente Hugo Lupercio y la presidenta de Morena en Jalisco, Erika Pérez García, acompañados de diputados morenistas y del PT, en una rueda de prensa que se hizo en el patio principal del Palacio Legislativo, donde se dieron los detalles de la solicitud presentada ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) de Jalisco.

“La democracia no puede ser pasiva, se construye todos los días con una ciudadanía informada”, dijo Erika Pérez.

El artículo 82 de la Ley del Sistema de Participación Ciudadana del Estado refiere que la revocación de mandato es el mecanismo mediante el cual las y los ciudadanos deciden que un servidor público de elección popular concluya anticipadamente el ejercicio del cargo para el que fue electo, siempre y cuando se configuren las causales y se cumpla con los procedimientos establecidos en las leyes.

La revocación de mandato puede ser solicitada por el 3 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores distribuidos en las dos terceras partes de los distritos o secciones electorales de la demarcación territorial que corresponda.