Hasta 10 Años de Prisión por Extorsión Telefónica: Tomás Vázquez

Por Elizabeth Ríos Chavarría

Fotografía relevante a la nota.

De tal forma se vuelve relevante establecer una penalidad mínima como un blindaje contra la extorsión telefónica, para que cada uno de los habitantes gocen de paz, tranquilidad y libertad, y que tengan la certeza jurídica de que si llegan a ser víctimas, la legislación penal del estado es suficiente para hacer frente al tipo penal”, concluyó el diputado local de Morena, Tomás Vázquez Vigil / Foto: Francisco Tapia

Con la finalidad de blindar la ley toda vez que el delito es una constante cada vez más presente en la entidad desde hace ya años, el dipu­tado local de Morena, Tomás Vázquez Vigil, presentó una iniciativa de reforma al Có­digo Penal de Jalisco para incrementar las penas por la extorsión y tipificar como tal la extorsión telefónica o se­cuestro virtual.

En la actualidad se con­templan sanciones de 1 a 9 años de prisión si el extorsio­nador consigue su propósito, así como penas de 6 meses a 6 años de prisión si no se lo­gra el fin propuesto, por ello, la propuesta del morenista contempla incrementar es­tos castigos una cuarta parte cuando su realización se eje­cute sobre menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad.

Esto también aplicará, añadió, si quien comete el delito se ostenta como inte­grante de una organización criminal o incita a la víctima a reclutar más víctimas, con­sumir sustancias prohibidas o realizar actos sexuales y por­nográficos.

Además, establece una nueva pena de 5 a 10 años de prisión cuando se cometa ex­torsión telefónica o secuestro virtual, toda vez que al dejar­lo claro se evitarían recovecos legales en favor del criminal, sobre todo porque la mayoría de las extorsiones que se co­meten en la entidad se hacen a través de medios electrónicos, celulares u otros aparatos de telefonía.

“La forma del delito ha evolucionado y la principal problemática a la que nos en­frentamos es la dificultad del estado a sancionar de acuerdo al tipo penal, lo cual trae como consecuencia complejidad en la integración de la carpeta de investigación, dando la posi­bilidad de que los delincuen­tes puedan evadir un proceso fácilmente”.

Detalló que según cifras de la Unidad de Investigación de Extorsiones, del cien por ciento de las carpetas en la entidad el 90 por ciento son por extorsión telefónica o se­cuestro virtual; el 5% por ex­torsión a través de mensajes y aplicaciones de telefonía; y el otro 5% por ciento por ex­torsionadores reales, donde el activo del delito tiene acerca­miento con la víctima.

“Es decir, el 90% de los asuntos denunciados en la zona metropolitana, por el delito de extorsión, no se en­cuentran debidamente tipifi­cados y mucho menos sancio­nados. De tal forma se vuelve relevante establecer una pena­lidad mínima como un blin­daje contra la extorsión tele­fónica, para que cada uno de los habitantes gocen de paz, tranquilidad y libertad, y que tengan la certeza jurídica de que si llegan a ser víctimas, la legislación penal del estado es suficiente para hacer frente al tipo penal”, concluyó.