Hasta 10 Años de Prisión por Extorsión Telefónica: Tomás Vázquez
Por Elizabeth Ríos Chavarría
Con la finalidad de blindar la ley toda vez que el delito es una constante cada vez más presente en la entidad desde hace ya años, el diputado local de Morena, Tomás Vázquez Vigil, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal de Jalisco para incrementar las penas por la extorsión y tipificar como tal la extorsión telefónica o secuestro virtual.
En la actualidad se contemplan sanciones de 1 a 9 años de prisión si el extorsionador consigue su propósito, así como penas de 6 meses a 6 años de prisión si no se logra el fin propuesto, por ello, la propuesta del morenista contempla incrementar estos castigos una cuarta parte cuando su realización se ejecute sobre menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad.
Esto también aplicará, añadió, si quien comete el delito se ostenta como integrante de una organización criminal o incita a la víctima a reclutar más víctimas, consumir sustancias prohibidas o realizar actos sexuales y pornográficos.
Además, establece una nueva pena de 5 a 10 años de prisión cuando se cometa extorsión telefónica o secuestro virtual, toda vez que al dejarlo claro se evitarían recovecos legales en favor del criminal, sobre todo porque la mayoría de las extorsiones que se cometen en la entidad se hacen a través de medios electrónicos, celulares u otros aparatos de telefonía.
“La forma del delito ha evolucionado y la principal problemática a la que nos enfrentamos es la dificultad del estado a sancionar de acuerdo al tipo penal, lo cual trae como consecuencia complejidad en la integración de la carpeta de investigación, dando la posibilidad de que los delincuentes puedan evadir un proceso fácilmente”.
Detalló que según cifras de la Unidad de Investigación de Extorsiones, del cien por ciento de las carpetas en la entidad el 90 por ciento son por extorsión telefónica o secuestro virtual; el 5% por extorsión a través de mensajes y aplicaciones de telefonía; y el otro 5% por ciento por extorsionadores reales, donde el activo del delito tiene acercamiento con la víctima.
“Es decir, el 90% de los asuntos denunciados en la zona metropolitana, por el delito de extorsión, no se encuentran debidamente tipificados y mucho menos sancionados. De tal forma se vuelve relevante establecer una penalidad mínima como un blindaje contra la extorsión telefónica, para que cada uno de los habitantes gocen de paz, tranquilidad y libertad, y que tengan la certeza jurídica de que si llegan a ser víctimas, la legislación penal del estado es suficiente para hacer frente al tipo penal”, concluyó.