“El Estado, Obligada a Garantizar Muerte Digna”

Por Elizabeth Ríos Chavarría

Fotografía relevante a la nota.

El diputado Enrique Velázquez de Hagamos, expresó: “El reconocimiento de la dignidad de las personas exige más que una simple declaración, implica la revisión exhaustiva del derecho vigente, su evaluación y actualización de forma tal que la dignidad se convierta en la columna vertebral de los derechos humanos /Foto: Francisco Tapia

Porque el derecho a una vida digna también debe considerar el derecho de las personas a decidir cómo es que quieren pasar sus últi­mos días en caso de una en­fermedad terminal que cause dolor, los diputados locales de Hagamos implementarán una iniciativa para que en Jalisco sea una realidad la eutanasia.

El diputado Enrique Ve­lázquez explicó que su pro­puesta contempla una serie de reformas, entre las que destacó una modificación al artículo 4 de la Constitución de Jalisco, en aras de deter­minar que el estado no sólo estará obligado a garantizar una vida digna sino también una muerte digna.

Con esto, explicó, se da­ría paso a que el sistema de salud en la entidad haga las adecuaciones correspondien­tes para fomentar, entre otras cosas, mayores cuidados pa­liativos y en su caso procedi­mientos para la muerte.

“La presente reforma tie­ne por objeto el explorar, va­lorar, justificar y proponer el reconocimiento del derecho humano a la dignidad hasta el momento en que se veri­fique la muerte. El derecho a la eutanasia es un derecho humano y, por lo tanto, in­terdependiente; su grado de vinculación es total con la re­lación del derecho a la vida, el derecho a la dignidad, a la autonomía, a la libertad, a la determinación y al libre de­sarrollo de la personalidad”.

La propuesta también con­templa fortalecer al Instituto de Medicina Paliativa, ante las deficiencias con las que opera; así como implementar centros en los que las perso­nas puedan acudir a pasar sus últimos días de manera digna, tal cual se implementan en otras partes del mundo.

“El derecho a la vida im­plica la obligación de prote­ger la vida de una persona estableciendo así una impo­sibilidad jurídica para que un tercero delibere respecto a la privación de la vida ajena, pero en ningún momento se traduce en la obligación de hacer vivir a otro en contra de su voluntad o en su defec­to obstaculizar y perseguir la decisión libre y autónoma de dejar de vivir”, añadió.

Recordó que hasta el 2017 el dolor fue conside­rado como un problema de salud pública de escala mun­dial, es decir, como una en­fermedad cuyo tratamiento es un derecho humano, por lo que se hace necesario imple­mentar acciones al respecto, sobre todo cuando la propia Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que 40 millones de personas al año necesitan cuidados paliati­vos y solo 14 %reciben asis­tencia.

“El reconocimiento de la dignidad de las personas exige más que una simple declaración, implica la revi­sión exhaustiva del derecho vigente, su evaluación y ac­tualización de forma tal que la dignidad se convierta en la columna vertebral de los derechos humanos. Exige entonces especial atención el derecho a la vida y el derecho a la dignidad, como dos ele­mentos consustanciales que han de acompañar a la perso­na en toda su existencia, es decir, hasta el momento en que se verifica su muerte”.