Para aplicación del plan de contingencias y emergencias atmosféricas

Legisladores proponen fortalecer las facultades y obligaciones de la Secretaría de Medio Ambiente para que el plan esté sujeto a principios de certeza y seguridad jurídica

Por Elizabeth Ríos Chavarría

Fotografía relevante a la nota.

La diputada Priscilla Franco de MC dijo que el plan de respuesta para las emergencias y contingencias atmosféricas se emitió en 2014, por lo que es necesario modificarlo en ley a fin de delimitar mejor las facultades y alcances de la Semadet, pero no dio propuestas para tal fin/Foto: Cuartoscuro

Ante la temporada actual de estiaje, la diputada Priscilla Franco Barba (MC) presentó una iniciativa de reforma para que la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet) cuente con “dientes” y refuerce el programa de contingencias y emergencias ambientales.

A decir de la emecista, con esta propuesta la Semadet tendrá una base más sólida que le permita soportar y fundamentar sus actuaciones, decisiones y en su momento hasta sanciones por el incumplimiento del plan de contingencias y emergencias atmosféricas en Jalisco, en beneficio de la calidad del aire y la salud de los habitantes de la entidad.

“En esta temporada de estiaje, por la ocurrencia de incendios forestales, cada vez está siendo más recurrente que las autoridades ambientales estén declarando alertas y emergencias atmosféricas, así como las contingencias ambientales. Lamentablemente los problemas de calidad del aire de nuestra entidad no son exclusivos para esta temporada. Más vehículos, la reducción de arbolado urbano en la ciudad, un desordenado crecimiento urbano y entre muchos otros factores, ha generado que las contingencias se hagan cada vez más frecuentes”.

Por ello, la diputada detalló que la iniciativa propone fortalecer las facultades y obligaciones en esta materia en la Semadet, para que el plan de contingencias esté sujeto a principios de certeza y seguridad jurídica.

Dijo que de aprobarse, a la Secretaría se le daría de legalidad suficiente en su actuar como autoridad responsable en materia de prevención, por lo que se establece además -entre otros puntos-, que los responsables de fuentes de contaminación atmosférica estarán obligados a cumplir con las medidas de prevención y control delimitados en el plan correspondiente: “En este escenario resulta importante señalar que en la ley ambiental únicamente en pequeñas fracciones enunciativas queda como facultad de la Semadet la atención de esta problemática, ya que los demás artículos existentes en dicho cuerpo son tendientes a garantizar la salud ambiental de los ecosistemas y las especies de flora y fauna, más que prever acciones concretas para contrarrestar todos los efectos de la mala calidad del aire que afectan a la salud humana”.

Recordó que el plan de respuesta para las emergencias y contingencias atmosféricas se emitió en 2014, con acuerdo firmado por la propia Semadet, por lo que se hace necesario hacer modificaciones en ley a fin de delimitar mejor las facultades y alcances de la secretaría en la materia.

“Lo ideal es que nunca se presenten niveles de contaminación que haga necesaria la aplicación de medidas urgentes y extremas para combatir esto de manera inmediata, sin embargo, la realidad de nuestro estado, con las condiciones actuales en las que vivimos, es que tenemos que aprender qué hacer cuando las contingencias y emergencias ambientales se presentan y que las autoridades intervengan de inmediato de manera eficiente y eficaz en su atención”, concluyó.