El castigo se agravará si el acto fue por razón de género: Diputados
A la par se busca regular y supervisar la venta de este tipo de sustancias químicas
Por Elizabeth Ríos Chavarría
Con 34 votos a favor, el pleno del Congreso de Jalisco aprobó diversas reformas para reconocer y sancionar los ataques con ácido u otras sustancias corrosivas; se establecieron penas de 2 a 15 años de prisión, con agravantes si son agresiones por razón de género.
Implementada por la diputada local de Movimiento Ciudadano (MC), Dolores López Jara, la propuesta avalada, además de tipificar como tal el ataque con ácido, establece la creación y actualización de protocolos de atención a mujeres víctimas de estos ataques; y regula la venta de ácidos, sustancias químicas, corrosivas, cáusticas, tóxicas o inflamables, al establecer la supervisión de estas actividades.
“Es simplemente que los ataques con sustancias corrosivas puedan ser un delito independiente, puedan ser un delito que se castigue por separado y no como lesiones simples o agravadas. Quien ataca con ácidos es una acción premeditada. Aquí una persona va exclusivamente a un establecimiento a comprar un producto para dañar a otra persona”, expresó la emecista.
De acuerdo al dictamen, las sanciones de 2 a 15 años de prisión van contra la persona que ataque utilizando ácidos, sustancias químicas, corrosivas, cáusticas, tóxicas o inflamables, o cualquier otra que por sí misma o mezclada con otros agentes, genere lesiones internas o externas.
Cuando el ataque se cometa por razones de género y entre el activo y la víctima exista o haya existido cualquier tipo relación (consanguínea, civil, laboral, docente, etc.), la pena aumentará hasta un tercio.
A decir de López Jara, la importancia de lo ya aprobado fue tal, ya que este tipo de delitos se cometen con total intención de dañar y causar terror en la persona. Además, recordó que se estima que del 2000 a la fecha en el país se contabilizan más de 60 ataques con ácido u otras sustancias.
Las reformas se hicieron a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y al Código Penal de Jalisco.
Hasta antes de la aprobación de dicha iniciativa, este tipo de agresiones se clasificaban como lesiones en general que tardan menos de 15 días en sanar, por lo que no eran procesadas penalmente o subestimadas y catalogadas como conductas no graves.