En tanto el deudor se ponga al corriente: Leticia Pérez

Por Elizabeth Ríos Chavarría

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De acuerdo con la legisladora morenista, la intención de fondo es que los menores no queden en la indefensión. El estado podría recuperar lo invertido cobrándole al moroso alimentario mediante fianza, prenda, hipoteca, billete de depósito o a través del Programa Colaborador Comunitario/Foto: Cortesía

Con la finalidad de garan­tizar el alimento del menor, en tanto la otra parte morosa se hace responsable, Leticia Pérez Rodríguez, diputada lo­cal de Morena, presentó una iniciativa de reforma a fin de que el gobierno del estado subsidie la pensión alimenti­cia de menores cuando haya incumplimiento del deudor.

La propuesta, que plantea reformas al artículo 440 del Código Civil de Jalisco, esta­blece que será el DIF estatal, o la instancia correspondien­te, el encargado de responder con la pensión alimenticia, que se irán cargando al deu­dor alimentario, sólo para no dejar desprotegidos a los in­fantes en ese sentido.

“El gobierno del estado será quien supla la pensión alimenticia que tiene que re­cibir un menor, cuando en sentencia se indique al padre o un responsable de esa ali­mentación y no la cumpla. Entonces, el gobierno ten­dría que obligarse a ser el subsidiario de dicha pensión alimenticia hasta que se en­cargue el deudor, pague y se ponga al corriente”, refirió la legisladora de oposición.

De acuerdo a la morenis­ta, el estado sí podrá recu­perar lo invertido al cubrir la alimentación del menor, a través de diversas alternati­vas, es decir, cobrándole al moroso alimentario median­te fianza, prenda, hipoteca, billete de depósito o a través del Programa Colaborador Comunitario, que se encuen­tra vigente en la entidad.

“Cuando esta situación de desobligación alimentaria tie­ne lugar, no sólo se afecta al acreedor alimentario en su de­recho natural y vital, sino que esta también permea al resto de la sociedad de manera irre­versible, ya que con mucha frecuencia produce en el cír­culo familiar y social cercano el sentimiento de abandono y desamparo, que generará en el individuo una sensación ruptura social entre el ser y el deber ser”, consideró la mo­renista en su iniciativa.

También, en su propuesta estableció otra modificación respecto a los puntos me­diante los cuales una persona puede ser catalogada como deudora alimentaria, es de­cir, si la ley actual establece que para recaer en incumpli­miento se debe dejar de dar la pensión por tres meses, la diputada propone además que sea cuando se haya dejado de cubrir cuatro pensiones -su­cesivas o no- dentro de un periodo de dos años.

“Toda esta problemática deviene del hecho de que un gran número de madres, adultos mayores o personas en estado de vulnerabili­dad y sujetas al concepto de acreedor alimentario, evitan demandar por no existir ac­tualmente una legislación. Y aunque esta prestación sea demandada, pocas veces hay eficacia en el cumplimiento, lo cual afecta a menores de edad y madres en una situa­ción de crisis económica y moral que afecta el desarro­llo integral”, agregó.