Pisotean los derechos humanos: Ciudadanos

Pese a no haber mandato judicial de por medio, las autoridades detienen al azar a las personas, además de que las revisan tanto a ellas como a sus vehículos

Por Rafael Hernández Guízar

Persisten las quejas e in­conformidades de ciudada­nos ante la implementación de los retenes organizados por los gobiernos federal, el del estado y los munici­pales.

En diversos puntos de la Zona Metropolitana de Guadalajara (ZMG) se han colocado puntos de revi­sión en colaboración con los tres niveles de gobierno, en donde –según las perso­nas– se violan los derechos humanos.

“Ya me querían quitar el carro que porque traía cubier­ta la placa, es una pendejada porque además de hacerme perder mucho tiempo me le­vantaron un folio por algo que ya dijo el gobernador que ni siquiera iba a hacer, trae el portaplaca con el que salió de la agencia, y de todos modos me querían sacar una lana para no llevarse el carro”, indicó Omar Fernández, uno de los entrevistados.

“Estaban revisando los carros al azar, y pues me gané la rifa del tigre y se pu­sieron a revisarme de cabo a rabo a mí y al carro. Me mo­lesta mucho porque se supo­ne que la Constitución dice que no te pueden molestar si no traen una orden y de to­dos modos se lo pasan por el arco del triunfo y te ha­cen perder el tiempo cuando a veces más deprisa eso no está bien, es la misma auto­ridad la que está violando la ley, entonces como hacían con el Chapulín Colorado y ahora quién podrá defender­nos”, sostuvo.

En efecto, como conside­ró el ciudadano entrevistado la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi­canos nos protege a las per­sonas para que se respeten nuestros derechos humanos.

Los primeros 29 artículos de la Carta Magna son con­siderados como la parte dog­mática, es decir, aquella en la que se mencionan los de­rechos que son inalienables para las personas, así como las garantías que debe cum­plir el mismo gobierno para el ejercicio de esos derechos.

Uno de estos derechos es a la seguridad jurídica y a la seguridad personal, para que nadie tenga que ser molestado en su persona, documentos o propiedades, sino en virtud de un mandamiento judicial que haya sido expedido por una au­toridad competente misma que debe fundar y motivar su acto.

Lo anterior se encuentra en el artículo 16 constitucional y de ahí la necesidad de respetar esto por parte de las mismas autoridades.

Por cierto que todo acto que vaya en contra de lo antes señalado es nulo y puede ser peleado a través de un proce­dimiento judicial.