Pisotean los derechos humanos: Ciudadanos
Pese a no haber mandato judicial de por medio, las autoridades detienen al azar a las personas, además de que las revisan tanto a ellas como a sus vehículos
Por Rafael Hernández Guízar
Persisten las quejas e inconformidades de ciudadanos ante la implementación de los retenes organizados por los gobiernos federal, el del estado y los municipales.
En diversos puntos de la Zona Metropolitana de Guadalajara (ZMG) se han colocado puntos de revisión en colaboración con los tres niveles de gobierno, en donde –según las personas– se violan los derechos humanos.
“Ya me querían quitar el carro que porque traía cubierta la placa, es una pendejada porque además de hacerme perder mucho tiempo me levantaron un folio por algo que ya dijo el gobernador que ni siquiera iba a hacer, trae el portaplaca con el que salió de la agencia, y de todos modos me querían sacar una lana para no llevarse el carro”, indicó Omar Fernández, uno de los entrevistados.
“Estaban revisando los carros al azar, y pues me gané la rifa del tigre y se pusieron a revisarme de cabo a rabo a mí y al carro. Me molesta mucho porque se supone que la Constitución dice que no te pueden molestar si no traen una orden y de todos modos se lo pasan por el arco del triunfo y te hacen perder el tiempo cuando a veces más deprisa eso no está bien, es la misma autoridad la que está violando la ley, entonces como hacían con el Chapulín Colorado y ahora quién podrá defendernos”, sostuvo.
En efecto, como consideró el ciudadano entrevistado la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos nos protege a las personas para que se respeten nuestros derechos humanos.
Los primeros 29 artículos de la Carta Magna son considerados como la parte dogmática, es decir, aquella en la que se mencionan los derechos que son inalienables para las personas, así como las garantías que debe cumplir el mismo gobierno para el ejercicio de esos derechos.
Uno de estos derechos es a la seguridad jurídica y a la seguridad personal, para que nadie tenga que ser molestado en su persona, documentos o propiedades, sino en virtud de un mandamiento judicial que haya sido expedido por una autoridad competente misma que debe fundar y motivar su acto.
Lo anterior se encuentra en el artículo 16 constitucional y de ahí la necesidad de respetar esto por parte de las mismas autoridades.
Por cierto que todo acto que vaya en contra de lo antes señalado es nulo y puede ser peleado a través de un procedimiento judicial.