Con iniciativas para mejorar acceso a justicia: Dolores López

También se pretende reconocer y sancionar la llamada “violencia vicaria” contra mujeres y niñas

Por Elizabeth Ríos Chavarría

Fotografía relevante a la nota.

La violencia de género se basa en una relación de subordinación y sometimiento, por lo que procesos de mediación y conciliación son inviables, pues la víctima y el victimario están en condiciones de desigualdad procesal, real y material; por ello, de acuerdo con diputados emecistas, urge eliminar tales procesos/Foto: Cortesía

Con la finalidad de abo­nar más al tema, ante la deuda que todavía se tiene en la materia, la fracción parlamentaria de Movi­miento Ciudadano (MC) presentó un par de iniciati­vas tendientes a eliminar la violencia en contra de las mujeres.

La primera de ellas es una iniciativa de reforma a la Ley de Justicia Alterna­tiva a fin de eliminar la me­diación o demás métodos de conciliación en todos aquellos casos de violencia familiar.

“Esta reforma cumple diversas recomendaciones de organismos protectores y defensores de derechos humanos de las mujeres, como la comisión estatal, las recomendaciones del grupo de expertas de se­guimiento de la alerta de violencia de género, entre otras”, expresó la diputada Dolores López Jara.

En la iniciativa se argu­menta que la violencia de género está basada en una relación de subordinación y sometimiento, por lo que los procesos de mediación y conciliación en estos ca­sos son inviables, ya que la víctima y el victimario se encuentran en condiciones de desigualdad no sólo pro­cesal sino real y material.

“En ese sentido, tanto el modelo de conciliación actual como la situación ju­rídica vigente, no debe per­mitir la posibilidad de so­meter un problema de esta índole, a un mecanismo de resolución alternativa que claramente pretende preve­nir situaciones de violen­cia, pero que se encuentra limitado para su tratamien­to integral”, se lee en el do­cumento.

La otra propuesta, aña­dió por su parte la legisla­dora emecista, también es una iniciativa de ley pero para reconocer y sancionar la violencia vicaria contra mujeres y niñas, con modi­ficaciones a los artículos 11 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; al 176 ter del Código Penal; y al 566 del Código Civil.

“Esta violencia es el daño del hombre hacia otras personas que se en­cuentran bajo la tutela de las mujeres, personas ma­yores, personas con dis­capacidad, en situación de dependencia, entre otras. El concepto lo introdujo en la discusión académica la psicóloga Sonia Vaccaro en el 2012, la noción se refiere a la concepción de vicario, y esta hace referencia a la sustitución de un individuo por otro en el ejercicio de la función, es decir, el agre­sor considera que haciendo daño a una tercera persona, va a conseguir hacérselo al primer objetivo”.