Tribunal Electoral de la Federación ordena dar vista a la Segob
Será la Secretaría de Gobernación la dependencia que se encargue de determinar las sanciones correspondientes a estas infracciones
Por Rodrigo Vera
Enero 19, Ciudad de México (apro).– La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el cardenal Juan Sandoval Íñiguez, arzobispo emérito de Guadalajara, así como el sacerdote Mario Ángel Flores, rector de la Universidad Pontificia, “vulneraron el principio de separación Iglesia-Estado” durante el proceso electoral 2020-2021, al hacer proselitismo político en contra de Morena.
La denuncia contra estos ministros de culto se presentó en junio de 2021. Y la Sala Regional Especializada declaró existente la infracción atribuida a los ministros.
Pero después éstos se inconformaron, promoviendo los medios de impugnación bajo el argumento que sus expresiones se realizaron en ejercicio de su libertad de expresión y en su carácter de ciudadanos, sosteniendo que nunca indujeron al voto.
Pero ahora el TEPJF “confirmó la violación al principio de separación Iglesia-Estado” por parte de estos ministros.
Ante esto, el tribunal ordenó dar vista a la Secretaría de Gobernación, que es la dependencia encargada de determinar las sanciones correspondientes a estas infracciones.