Por mal manejo de residuos

Fotografía relevante a la nota.

La granja de cerdos fue clausurada por inadecuado tratamiento de residuos de manejo especial y por carecer de documentación necesaria correspondiente a la autorización de impacto ambiental y otras irregularidades/Foto: Especial

Con el objetivo de ha­cer cumplir la normatividad ambiental vigente en el Es­tado, la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Proepa) realizó una clausura parcial temporal a una granja de cerdos ubicada en el mu­nicipio de Tepatitlán de Mo­relos, por el inadecuado tra­tamiento de sus residuos de manejo especial y por carecer de documentación necesaria correspondiente a la autori­zación de impacto ambiental, entre otras irregularidades.

Durante la visita, perso­nal operativo de la Proepa observó el inadecuado pro­cedimiento para el acopio y tratamiento que le dan a la cerdaza (excretas) generada por la propia actividad del establecimiento. Además el acopio y tratamiento de los cadáveres de los animales no es el más adecuado como lo marca la normativa ambiental vigente.

A las irregularidades antes descritas, también se observa­ron indicios de incineración de residuos a cielo abierto. El establecimiento no cuenta con documentación de ca­rácter administrativo como es la autorización de impacto ambiental emitida por la Se­cretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Sema­det), ni acreditaron contar con el informe anual de los volú­menes y forma de manejo de los residuos generados por la crianza de los animales, do­cumentación necesaria para la operación de este tipo de establecimientos.

Por las anomalías detec­tadas, el personal operativo de la Proepa impuso como medida de seguridad la clau­sura parcial temporal con la colocación de sello y cinta delimitadora en algunas insta­laciones del lugar por existir riesgo de desequilibrio ecoló­gico con posible daño o dete­rioro a los recursos naturales, así como para evitar un daño a la salud de la población.

La medida de seguridad impuesta por la dependencia estatal se realizó con fun­damento en el artículo 144 fracción I de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LEEEPA), la cual permane­cerá hasta en tanto la persona responsable de la granja cum­pla con la implementación de acciones que garanticen el adecuado manejo y disposi­ción final de su residuos, así como la regularización admi­nistrativa ante la Semadet.