Para castigar a quien difunda contenido de mujeres víctimas de violencia
Por Elizabeth Ríos Chavarría

Entre las modificaciones a la ley que se plantearon, se establece que la Fiscalía deberá garantizar la salvaguarda de los derechos humanos de las víctimas, en especial las de feminicidio, a través de la preservación de hallazgos, indicios o instrumentos vinculados en un proceso o investigación/Foto: Francisco Tapia
Diputados de la Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género, del Congreso de Jalisco, aprobaron el dictamen de reforma con la cual se crea en la entidad la “Ley Ingrid”, que busca sancionar a quien comparta o difunda de manera indebida imágenes o información de mujeres víctimas de violencia.
Con reformas al artículo 154 del Código Penal y el 28 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se buscan sanciones de 1 a 4 años de prisión específicamente a los funcionarios que “difundan fotos, audios, videos o documentación relacionada con la investigación”. En caso de tratarse de imágenes, audios o videos de cadáveres, se considerará como un agravante y se incrementará la penalidad una tercera parte y el infractor se hará acreedor a la inhabilitación del cargo.
A decir de la presidenta de la comisión legislativa, la diputada Sofía García Mosqueda, estas reformas nacieron del caso de Ingrid Escamilla, asesinada por su pareja en Ciudad de México, de quien filtraron imágenes de cómo fue encontrada.
También, se establece que la Fiscalía deberá garantizar la salvaguarda de los derechos humanos de las víctimas, en especial las de feminicidio, a través de la preservación de hallazgos, indicios o instrumentos vinculados en un proceso penal o investigación de delito, sancionando a quien no cumpla con esto.
Por otro lado, integrantes de la comisión dieron luz verde a otro dictamen para crear órdenes de protección definitivas, cuya duración será determinada por la autoridad jurisdiccional, perdiendo vigencia por determinación judicial.
La legisladora recordó que con estas modificaciones son susceptibles de otorgarse como órdenes las de prohibición al agresor de acercarse al domicilio, lugar de trabajo o estudio; así como la prohibición de intimidar, molestar, llamar por teléfono o agredir por cualquier medio de comunicación a la víctima u otra persona con quien esta tenga una relación familiar, afectiva, de confianza o de hecho.
Además, avalaron otro dictamen con modificaciones a la Ley de Salud, para darle atribuciones a la secretaría en la materia a fin de que desarrolle programas de capacitación al personal médico y administrativo, a efecto de promover el trato digno y una atención de calidad a las mujeres durante la atención del embarazo, parto y puerperio.
También, aprobaron una propuesta para que los poderes públicos difundan publicidad gubernamental y campañas desprovistas de estereotipos sexistas, con un lenguaje incluyente, en aras de fomentar buenas prácticas de comunicación social, en donde se elimine este tipo de violencia.
