Para beneficiar a quienes no pueden gestar un bebé
Entre lo aprobado en el Congreso, se deberá firmar un contrato avalado ante notario, para aclarar que hay libertad en ambas partes y que señale que la pareja pagará los servicios médicos antes, durante y después del nacimiento
Por Elizabeth Ríos Chavarría

En consonancia con la iniciativa del diputado Arturo Lemus (en la imagen), la propuesta de la Comisión de Salud detalla que la gestación subrogada deberá llevarse a cabo sin fines de lucro, existiendo un acuerdo entre las personas solicitantes y la mujer gestante/Foto: Archivo Página 24
Integrantes de la Comisión de Salud, del Congreso de Jalisco, aprobaron una iniciativa de reforma a la ley de salud en la entidad para dar pie a la subrogación del vientre o mejor conocido al vientre de alquiler.
Con modificaciones al artículo 51 la propuesta, impulsada por el diputado de Morena Arturo Lemus Herrera, define concretamente la gestación subrogada como una práctica médica consistente en la transferencia de óvulos humanos fecundados en una mujer.
Sin embargo, la propuesta detalla que la gestación subrogada deberá llevarse a cabo sin fines de lucro, existiendo un acuerdo entre las personas solicitantes y la mujer gestante, permitiendo la compensación de gastos médicos y otros derivados del embarazo, parto, postparto y puerperio.
Esto busca beneficiar a las parejas que son incapaces de gestar un bebé, con una práctica que ya está regulada incluso en otros estados como Ciudad de México, Tabasco y Sinaloa, de acuerdo a la iniciativa.
Para que esto pueda ser posible, se especifica que quien acepte prestar su vientre debe tener entre 25 y 35 años, ser madre con anterioridad, no haber estado embarazada un año antes de la fertilización y solo podrá prestar su vientre en dos ocasiones. En este caso la pareja podrá aportar el óvulo fecundado o quien presta el vientre puede donar un óvulo.
Además, se deberá firmar un contrato avalado ante notario público, el cual debe referenciar que hay libertad en ambas partes y que deje en claro que la pareja pagará los servicios médicos antes, durante y después del nacimiento.
La Secretaría de Salud Jalisco deberá intervenir en esto con la realización de perfiles clínicos psicológicos de la mujer que preste el vientre, en aras de comprobar que su entorno es estable, libre de violencia y que su condición física y psicológica es favorable para la gestación.
También, en caso de que la mujer que presta el vientre -o su pareja- decida pelear por la maternidad del bebé, solo se podrá hacer en caso de que haya incapacidad de los que contrataron el vientre o se dé su muerte.
Por otro lado, diputados aprobaron reformas a la Ley de Salud Mental para que, entre otras cosas, se garantice atención integral, rehabilitación y servicios especializados en niños y adolescentes que sean víctimas de negligencia, violencia o maltrato en cualquiera de sus modalidades.
