Pero se debe contar con firma electrónicaSupuestamente con esto se hará más eficiente la labor del Poder Judicial

Por Elizabeth Ríos Chavarría

Los juicios se “promoverán, substanciarán y resolverán en línea”, mediante el Sis­tema Informático del Poder Judicial

Los juicios se “promoverán, substanciarán y resolverán en línea”, mediante el Sis­tema Informático del Poder Judicial/ Foto: Cortesía/UAA

Con los votos en contra de diputados de Morena, el pleno del Congreso de Jalis­co aprobó reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial para que en la entidad ya se puedan llevar a cabo los jui­cios en línea.

De acuerdo al documento, los juicios se “promoverán, substanciarán y resolverán en línea”, mediante el Sis­tema Informático del Poder Judicial. En este se agregará el expediente electrónico, en el cual se deberán incluir las promociones, pruebas, anexos y documentos que presenten las partes; así como los ofi­cios, acuerdos y resoluciones.

Para que esto pueda llevar­se a cabo, será crucial contar con una firma electrónica, con la cual se buscará garantizar la integridad y legalidad del documento.

Presente durante la sesión, el presidente del Poder Judi­cial, Daniel Espinosa Licón, reconoció estas reformas pues se hará todavía más eficien­te la labor de cara a la nueva apuesta tecnológica del supre­mo tribunal, sobre todo ahora en tiempos de pandemia.

“Permitirá que a partir de ya podamos implementar los juicios en línea, esto nos hará más fuertes para enfrentar el reto que ha representado para el estado y para el Poder Ju­dicial la emergencia sanitaria de COVID-19 que nos obligó a cerrar juzgados casi por un año sin realizar esta actividad esencial, que es la impartición de justicia”.

Sin embargo, no todos es­tuvieron de acuerdo, ya que desde la bancada de Morena, la diputada María Esther Ló­pez Chávez argumentó que para poder aplicarse lo ya aprobado primero debió modi­ficarse, desde el Congreso de la Unión, el Código de Proce­dimientos Civiles del Estado de Jalisco, por lo cual calificó estas reformas como un “error de técnica legislativa”.

“Consideramos representa un error de técnica legislativa ya que dicha norma de carác­ter adjetivo regula en esencia la estructura orgánica y el funcionamiento interno de un poder público, más no así, los procesos y procedimientos del orden jurisdiccional”.

Añadió que otorgar en una legislación secundaria la atri­bución al Supremo Tribunal y al Consejo de la Judicatura, para regular juicios en línea, vulnera el principio de cer­teza que debe imperar en el esquema constitucional, no obstante, emecistas reviraron a los señalamientos, al asegu­rar que los congresos estata­les sí pueden reformar en la materia.