Para combatir abuso y explotación de mujeres: Arturo Lemus
La iniciativa plantea que la maternidad subrogada quede como práctica auxiliar para la procreación entre parejas que estén impedidas a tener hijos, detalló legislador por Morena
Por Elizabeth Ríos Chavarría

En su propuesta, el diputado morenista explicó que la llamada “subrogación de vientre” deberá ser altruista y se deberá hacer por contrato suscrito ante notario público, en el cual la mujer con capacidad se compromete a gestar al bebé y entregarlo después de su nacimiento/Foto: Francisco Tapia
Arturo Lemus Herrera, diputado local de Morena, presentó una iniciativa con la cual se buscará regular la maternidad subrogada o el famoso “alquiler de vientres”, con el objetivo de disminuir prácticas ilegales y explotación de mujeres con fines reproductivos.
El también presidente de la Comisión de Salud en el congreso señaló que la reproducción humana está reconocida como un derecho humano establecido en la Constitución Política al que no todos pueden acceder, ya que se estima que el 15 por ciento de las parejas sufre de infertilidad.
Pugnó por crear reglas para legalizar el préstamo de vientre o métodos de reproducción asistida, siguiendo el ejemplo de otros estados donde ya le han entrado al tema como lo son Sinaloa, Tabasco, Querétaro o Ciudad de México.
De acuerdo al documento presentado en sesión de pleno, la iniciativa plantea modificaciones a la Ley de Salud y al Código Civil de Jalisco, a fin de que la maternidad subrogada quede como práctica auxiliar para la procreación entre personas unidas en matrimonio o concubinato y que estén impedidas a tener hijos.
Además, se establece que las técnicas de reproducción asistida serán todos los procedimientos que incluyan la manipulación de espermatozoides o embriones humanos para lograr el embarazo. Para acceder a este tipo de tratamiento se deberá ser mayor de edad y otorgar consentimiento de todas las personas involucradas por escrito.
El legislador detalló que la subrogación de vientre deberá ser altruista, preferentemente con lazos de amor o amistad. También, las mujeres gestantes deberán tener entre 25 y 35 años, haber sido madres con anterioridad, no haber estado embarazadas durante 365 días antes, y solo podrán ofrecerse a realizarlo un máximo dos veces.
El tratamiento de la subrogación gestacional será por contrato suscrito ante notario público, en el cual se establecerá el acuerdo de voluntades a título gratuito, mediante el cual la mujer con capacidad se compromete a gestar el producto en su útero hasta las 40 semanas o antes, y entregarlo después de su nacimiento. A su vez, las contrapartes se comprometerán a cubrir los gastos generados durante y después del proceso de gestación.
Presentada en la última sesión de pleno, la iniciativa fue turnada a comisiones para su respectivo análisis.
