Ahora esperan que se aplique a la brevedad
Por Elizabeth Ríos Chavarría

De acuerdo con lo aprobado por diputados y publicado en el Diario Oficial de Jalisco, se establece el perdón a las mujeres procesadas o condenadas por el delito de lesiones, homicidio o parricidio en contra de su agresor; para poder acceder al perdón la mujer deberá acreditar antecedentes de violencia sistemática de parte de su agresor, entre otros requisitos/Foto: Francisco Tapia
Tras ser aprobada por segunda vez tras el veto que le dio en un inicio el gobernador Enrique Alfaro Ramírez, esta semana se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco la Ley de Amnistía para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, por lo que ya entró en vigor en la entidad.
Pese a los señalamientos hechos por el Ejecutivo y que diputados presumieron haber solventado las mismas, al final la reforma salió igual a como se aprobó la primera vez, en la cual se establece que para que la mujer pueda acceder al perdón deberá primero garantizar la reparación del daño.
La reforma establece el perdón a las mujeres procesadas o condenadas por el delito de lesiones, homicidio o parricidio en contra de su agresor, y de acuerdo al documento, para que se puede acceder al perdón la mujer deberá acreditar antecedentes de violencia sistemática de parte de su agresor y no solo por agresiones físicas o sexuales, y el juez será quien determinará los alcances que tenga la persona para apegarse a la amnistía.
También, y aunque fue uno de los puntos del debate, el juzgador resolverá si la reparación del daño de parte de las mujeres se hace de manera económica o de otra forma, así como el plazo cuando recobre su libertad.
Según las cifras estimadas manejadas por diputados locales, hasta el momento se tiene conocimiento de que con la aprobación de esta ley se beneficiaría entre 8 y 14 mujeres, mimas que cuando buscan acceder al perdón, tendrán un acompañamiento de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres.
La legislación solo podrá ser aplicable en aquella mujeres que hayan sido procedas o juzgadas antes de la entrada en vigor del nuevo sistema de justicia penal, es decir del 2016, porque en su momento no fueron juzgadas con perspectiva de género.
Además, no deberá tener antecedentes penales por delitos dolosos, sentencias firmes por diversos delitos o estar sujeta a otro proceso penal del fuero común o federal por delito doloso; y haber garantizado el pago por la reparación del daño integral.
De cubrir todos los requerimientos, la amnistía extinguirá las acciones penales y las sanciones impuestas, dejando subsistente la responsabilidad civil; las beneficiadas no podrán ser llamadas a declarar, comparecer o ser detenidas por el mismo delito; y se les eliminará el antecedente penal.
