Se pretende abatir sexting y otras prácticas

Por Elizabeth Ríos Chavarría

“La violencia digital es todo aquella discriminación o acoso que sufran las mujeres, que se puede dar por venganza”, explicó la diputada Irma de Anda sobre la especificación que se hizo en la ley/Foto: Cortesía

“La violencia digital es todo aquella discriminación o acoso que sufran las mujeres, que se puede dar por venganza”, explicó la diputada Irma de Anda sobre la especificación que se hizo en la ley/Foto: Cortesía

Diputados avalaron modi­ficaciones a fin de establecer en la Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia la definición de “violencia di­gital”, con la cual se buscará abatir, prevenir y sancionar este tipo de delitos.

De acuerdo a la proponen­te de la iniciativa, la diputada del PAN, Irma de Anda Licea, con esto se buscará asentar un punto primordial para abatir también el sexting, práctica que ya está penalizada en el estado.

Al habilitar este término en la ley ya citada, el estado ten­drá la facultad y obligación de generar las políticas públicas necesarias para erradicar este delito instigado por el uso de las tecnologías de la informa­ción y la comunicación.

“Vemos cómo en los últi­mos años este tipo de violencia se ha incrementado, entonces, sí consideramos importante que sí esté ya considerado el concepto dentro de la ley. La violencia digital es todo aque­lla discriminación o acoso que sufran las mujeres, que se pue­de dar por venganza”.

Asentar el término en la ley se derivó de una recomen­dación que hizo la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Jalisco (CEDHJ), y busca­rá complementarla también con la iniciativa ya aprobada del diputado del PRD, Ge­rardo Quirino, que establecía mayores sanciones al “ciber­chantaje”.

“Queremos considerar que este tipo de violencia que se sufra, ya sea por acoso o con­trol, pueda ser considerada como discriminación hacia las víctimas. Queremos que se considere como delito por si alguien acude a denunciar, ya puedan actuar las autori­dades. Se generó el concep­to para que quedara dentro de la propia ley, porque no estaba, sí el de la violencia sexual, pero no el de la di­gital y estaba acéfalo pues si recurrías a hacer una denun­cia, no estaba”.

En septiembre del 2017, en el Congreso de Jalisco diputados aprobaron tipifi­car como delito el sexting, el grooming y el ciberacoso. De acuerdo al delito, las pe­nas podrán ir de cuatro hasta los doce años de prisión, y podrían alcanzar hasta los cincuenta, cuando un menor se suicide por instigación o acoso de un tercero median­te las tecnologías de la in­formación.

En febrero del año actual, legisladores tipificaron tam­bién como delito la conduc­ta de amagar a terceros con difundir imágenes o videos sexuales de la víctima, con una sanción de seis meses hasta los seis años de prisión.