Que se castigue a quien orilla a una mujer a matarse: Sofía García
De acuerdo con la legisladora local por el tricolor, la propuesta implica dar mayores herramientas a los mecanismos de protección a las mujeres de Jalisco
Por Elizabeth Ríos Chavarría

“Mi iniciativa va en torno a los hombres que con violencia psicológica, física, hostigamiento, amenaza y sin mancharse las manos inducen a su pareja al suicidio, quedando ellos sin castigo”, explicó la diputada priísta Sofía García Mosqueda/Foto: Archivo Página 24
Con el objetivo de generar mayores herramientas de protección a la mujer, Sofía Berenice García Mosqueda, diputada local del PRI, presentó una iniciativa para tipificar como delito penal el suicidio feminicida.
La también presidenta de la Comisión de Igualdad en el Congreso de Jalisco explicó que en la actualidad no se castiga a quien induce u obliga a una mujer al suicidio, por lo que es necesario castigar estas conductas que resultan nocivas para la sociedad con prisión de hasta 70 años.
Con esta modificación se establece que quien indujera u obligue a una mujer al suicidio o le prestare ayuda para cometerlo, será sancionada cuando incurra en las siguientes circunstancias: que el suicidio fuera precedido por cualquier forma de violencia de género del actor contra la víctima y que el agresor se haya aprovechado de la superioridad generada por las relaciones preexistentes o existentes entre él y la víctima.
Si la ayuda se llega a prestar hasta el punto de ejecutar el responsable la muerte, la sanción será lo que corresponda al delito de feminicidio, según las circunstancias y modos de ejecución.
“Mi iniciativa va en torno a los hombres que con violencia psicológica, física, hostigamiento, amenaza y sin mancharse las manos inducen a su pareja al suicidio, quedando ellos sin castigo. Por tal motivo propongo que se tipifique el delito de suicidio feminicida en el Código Penal de Jalisco”.
Agregó que en los casos que se presente el delito de suicidio feminicida por inducción o ayuda, se deberán tomar en cuenta los antecedentes de violencia consecutiva, es decir los hechos de tiempo atrás, las denuncias presentadas por la víctima, los mensajes enviados por el agresor y los testimoniales de personas cercanas que se aporten como pruebas.
“En caso de un suicidio por inducción, los familiares de la víctima podrán presentar la denuncia para inculpar a quien lo ocasionó; la penalidad prevista para el agresor asciende a 70 años, sanción igual que la que se aplica para los delitos de feminicidio y homicidio”.
Pugnó por poner atención al problema, pues la violencia cotidiana de la que son objeto las mujeres tiene distintos matices, y por lo tanto se expresa mediante conductas misóginas de diferentes formas.
