Decreta los carruajes jalados por caballos Patrimonio Cultural Inmaterial de Jalisco
No deben desaparecer: gobernador; los emecistas no se quedarán de brazos cruzados, combatirán el decreto del gobernador por la vía legal
Por Francisco Andalón López

El gobernador Aristóteles Sandoval Díaz publicó el 21 de julio, en el Periódico Oficial del Estado, que las calandrias jaladas por caballos son consideradas como Patrimonio Cultural Inmaterial de Jalisco/Foto: Francisco Andalón López
Las calandrias jaladas por caballos son consideradas como Patrimonio Cultural Inmaterial del estado, por lo que no deben desparecer, según publicó Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, gobernador de Jalisco, en el Periódico Oficial del Estado, el sábado 21 de julio.
Esta decisión se tomó desde el 20 de junio del año pasado, luego de que la Comisión de Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de Jalisco consideró que este tipo de transporte, que ahora es turístico, debe preservarse.
“Las calandrias, carruajes tirados por caballos para realizar paseos tradicionales por el centro histórico de Guadalajara y otros lugares históricos y turísticos de la ciudad es una tradición tapatía que se debe salvaguardar”, por lo que es considerado como parte del inventario del patrimonio cultural inmaterial del estado.
Desde que arrancó la administración de Guadalajara que encabezaba Enrique Alfaro Ramírez, se buscó migrar de las calandrias jaladas por caballos a calandrias eléctricas, por considerar que había maltrato animal, aunado que en esta administración, ha habido dos caballos que murieron mientras trabajaban en las calles.
Pero desde agosto de 2017, la Unión de Conductores de Carruajes de Alquiler solicitó la inscripción de este tipo de calandrias como patrimonio inmaterial, por lo que al haberse publicado esta medida, se tiene que proteger, por lo que no podrían desaparecer como lo pretende Alfaro Ramírez, pese a haber prohibido el uso de animales para jalar este tipo de carruajes.
“El conjunto de acciones y medidas necesarias de carácter científico, técnico y jurídico para mantener la integridad de los bienes y valores afectos al patrimonio cultural y natural, frente a los distintos agentes que pueden poner en riesgo su conservación; entre dichas acciones, se consideran de manera enunciativa, más no limitativa, la identificación, preservación, conservación, restauración, rehabilitación, reestructuración, utilización, administración, exhibición, adaptación, recuperación, rescate, investigación, fomento, divulgación, enseñanza, valoración, vinculación, promoción, difusión, estímulo y enriquecimiento de los bienes y valores del patrimonio cultural”, señala la Ley del Patrimonio Cultural y Natural del Estado de Jalisco y sus municipios.
Mientras que el artículo 79 de esta normatividad establece que este tipo de medidas sólo tienen el fin de salvaguardar aquellas tradiciones que identifican a un lugar determinado.
“La restauración, conservación o mejoramiento deberá tener por objeto únicamente el de preservar y salvaguardar la autenticidad de los elementos constitutivos del bien o áreas de protección afectos al patrimonio cultural y natural del Estado”.
Aunque el Ayuntamiento de Guadalajara adelantó, vía comunicado de prensa, que “al no ser un acuerdo definitivo, será combatido mediante los recursos legales correspondientes”. Bajo la justificación de que “una de las agendas prioritarias de este gobierno es la de garantizar la protección animal con políticas públicas para el bienestar general de la sociedad tapatía”.
