Aunque la presumen tanto, no está en la Carta Magna: Alfonso Ibarra
A estas alturas se debe obligar al Congreso de la Unión a debatir el tema, pues sólo es tomado como promesa vana por los candidatos a cargos públicos, criticó académico
Por Rafael Hernández Guízar

La revocación de mandato, que bien aplicaría a gobernantes y funcionarios corruptos e ineptos, es letra muerta por una jurisprudencia emitida por la SCJN que hace nulo el procedimiento, aún cuando se trate de la decisión popular, criticó Alfonso Ibarra Rivas, especialista en derecho/Foto: Cortesía
Nuevamente al pueblo mexicano le juegan el dedo en la boca y le mienten los legisladores con la falsa idea de poder llegar a una revocación de mandato.
La figura que para muchos representa el anhelo más grande al tener la capacidad de sacar del cargo a aquellos funcionarios corruptos, ineptos o simplemente indignos de cumplir con el encargo que se les dio para desarrollar la función pública, es letra muerta por una jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que hace nulo el procedimiento aún cuando se trate de la decisión popular.
El catedrático y especialista en derecho, Alfonso Ibarra Rivas, dejó en claro que se trata de una contracción enorme que sólo deja más lagunas en las leyes; por ello, resulta una broma de mal gusto, dijo, el anhelo de revocar el mandato a los políticos indignos.
“Hay una jurisprudencia de la corte en el sentido de que no procede, pero de qué se trata esto, de que si bien hay algunas legislaturas de los estados que ya lo contemplan, pues la jurisprudencia dice que no será procedente hasta en tanto no se reforme la Constitución y esta figura quede contemplada en la Carta Magna”, dijo.
Y agregó: “Esta es una vieja aspiración de los mexicanos para tener la posibilidad de separar a un presidente de la República y por ejemplo, los Estados Unidos nos han puesto la muestra, nuestros vecinos ya destituyeron a uno, a Richard Nixon, el actual podría serlo; en Latinoamérica otros países ya lo lograron, Evo Morales ya fue sujeto a una consulta pública y lo superó, Rafael Correa en Ecuador por las mismas y en México ni siquiera tenemos un mecanismo confiable”, sostuvo.
Así pues, la decisión de la SCJN dejó sin efectos el trabajo de diputados de otras entidades como Chihuahua, Yucatán y recientemente la Ciudad de México, donde se incluyó esta figura como una “herramienta ciudadana para la toma de decisiones”, lo que en Jalisco ni siquiera figura.
¿Pero a qué se refiere específicamente la revocación de mandato? El catedrático indicó que en el argot jurista, se refiere a “una figura jurídica mediante la cual pueden sacar del encargo público a quienes no han cumplido con las expectativas que tuvieron para el cargo; es una figura que permite que los ciudadanos mediante una votación puedan retirar incluso antes de que su periodo termine a aquella persona que es funcionario que no cumpla con aquel mandato que se le otorgó en las urnas”, dijo.
–¿Hay algún precedente ya de esto?
–Desafortunadamente no, en el país seguimos jugando con esta posibilidad y digo jugando porque ya hay entidades que lo permiten, entre otras puedo citar a Chihuahua y Yucatán, la Ciudad de México, pero desafortunadamente, no obstante de que lo contemplan, no se ha echado a andar.
Ni los partidos políticos la toman en serio
A dos meses de iniciado 2017, cada vez está más cercana la temporada electoral del país, algo que nuevamente trae a la mesa de discusión el tema de revocación de mandato, pero sólo con fines electoreros, es decir, para ganar adeptos a las aspiraciones partidistas de los candidatos.
Pero de nueva cuenta el ciudadano es timado, según consideró el abogado.
“Hay una reserva doctrinaria, pese a que los institutos políticos (partidos políticos) hablan de democracia porque reciben dinero del erario, no hablan de revocación de mandato, siendo que a estas alturas debería de haber un debate nacional para obligar al Congreso de la Unión a que le entre al tema para que las constituciones de los estados puedan contemplarla y se contemple”, soltó.
Incluso las mismas reglas de operación para que la ciudadanía pueda acceder a esta figura, la revocación de mandato, resultan complicadas, al menos según lo que se aprobara en la naciente Constitución de la Ciudad de México.
“Debe pedirlo el 10 por ciento de las personas enlistadas en el padrón electoral, 10 por ciento, imagínate la Ciudad de México, una vez que el 10 por ciento lo pida, tiene que votar el 40 por ciento del padrón nominal y de ese 40 por ciento, debe votar a favor el 60 por ciento, estamos hablando de una ciudad de 20 millones de habitantes o más, para mover a esa gente, se tiene un esfuerzo enorme y quizá es muy difícil acceder a esta figura jurídica”.
Jalisco, el estado más burlado
Mientras que en otros estados de la República mexicana ya hay –al menos en el papel– los fundamentos para llegar a la revocación de mandato según las constituciones locales, en Jalisco esto no figura.
Pese a que el cargo de presidente municipal, por ejemplo, es irrenunciable, ya se han dado en la Zona Metropolitana de Guadalajara (ZMG) intentos por dibujar esto, aunque no de la manera más certera.
Es el caso del hoy presidente municipal de Guadalajara, Enrique Alfaro Ramírez, cuando era alcalde de Tlajomulco, instauró la “ratificación de mandato”, algo que sin efectos legales prometía ausentarse de manera definitiva de su encargo si los ciudadanos así lo exigían. A este le siguió Ismael del Toro, alcalde que pidió el beneplácito de los ciudadanos para seguir como alcalde, aunque sólo por un corto tiempo.
“En Jalisco ya hubo un ejercicio de alguna suerte de revocación, un alcalde llamó a un ejercicio y lo llamó ratificación de mandato”, dijo.
–¿Enrique Alfaro?
–Efectivamente, cuando este señor estuvo en Tlajomulco, llamó a una ratificación de mandato.
–¿Otra tomada de cabello?
–Otra tomada de cabello porque el señor estaba a punto de dejar la alcaldía para buscar otro cargo de elección, es decir, en primer término no procedía, en segundo se llamó ratificación y no revocación y en tercero, estaba a meses de retirarse, en dado caso de que aunque la población lo reprobara, el señor se iba a ir.
–Es irrenunciable el cargo de presidente municipal.
–Ahí está otro agravante…
–¿Dónde dice que un presidente municipal puede renunciar?, no es como cualquier trabajo.
–Efectivamente y cómo se interpreta esto, pues como un acto anticipado de campaña; lo curioso es que a una parte pequeña de la población le gustó la idea, participó y se les hizo un ejercicio muy novedoso, la verdad de las cosas es que fue una tomada de pelo porque finalmente no era el propósito, no se iba a conseguir nada y obtuvo los reflectores.
–Y luego Ismael del Toro que fue presidente municipal lo hizo, él ahora es diputado, pero además ahora vine Alberto Uribe (actual alcalde de Tlajomulco) quiere hacer lo mismo, quiere que lo ratifiquen, pero y si no pasa qué, ¿qué va a pasar?
–Es un riesgo asumido y aunque no pueden renunciar, pueden pedir licencia, eso sí se puede, no renuncian porque es un cargo de elección popular.
–Claro y ¿quién entra, porque no va a ser uno de la competencia? ¿Entra el suplente?
–Tendría que ser, o un regidor, tendrían que entrar al estudio y ver cuál es el más apto, pero lo adelanto porque la historia en este tipo de casos ya nos lo ha enseñado, no va a pasar nada.
Así pues, la revocación de mandato no es sino una falacia que aunque suena adecuada para expulsar de su cargo a los políticos que el pueblo rechaza, resulta letra muerta por la negativa de los mismos partidos para que esto se agregue a la Constitución mexicana y así tenga la validez anhelada.
