Busca endurecer penas al modificar la ley
La intención del priísta Salvador Arellano es que se castigue con 40 a 80 años de prisión a quien asalte dentro del autobús o a automóviles particulares, a fin de erradicar este tipo de acciones
Por Elizabeth Ríos Chavarría

“Aquí en Jalisco un asaltante que se sube a un camión el delito no está tipificado hasta este punto, sí lo está por ley pero no se lleva a cabo por los ministerios públicos, pues los acusan de robo, de portación de arma, de amenazas, pero nunca son acusados de secuestro”, criticó el diputado tricolor Salvador Arellano/Foto: Francisco Tapia
Aunque a nivel federal sí se tiene tipificado como secuestro el robo al transporte público, en Jalisco no se tiene considerado así; por ello, diputados locales del Partido Revolucionario Institucional (PRI) buscarán que ministerios públicos y la Fiscalía General del Estado (FGE) lo tomen en cuenta al momento de atender o procesar algún delincuente que asalte vehículos.
Mediante un punto de acuerdo que se espera aprobar en la siguiente sesión de pleno del Congreso local, diputados tricolores irán por que los robos a transporte público, vehículos particulares o que presten servicio de transporte sean castigados de 40 a 80 años de prisión, por considerarse una modalidad de “secuestro exprés” al privar por momentáneos momentos de su libertad a pasajeros o personas en general con el fin de robarles.
El diputado local Salvador Arellano Guzmán, autor de mencionada iniciativa de acuerdo legislativo, explicó en entrevista cómo a falta de un conocimiento real de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro –asentada en la Constitución Política– en Jalisco no se castiga como se debería a asaltantes del transporte público, motivo por el cual buscarán que las penas se endurezcan a fin de disminuir y erradicar este tipo de acciones.
“Aquí en Jalisco un asaltante que se sube a un camión el delito no está tipificado hasta este punto, sí lo está por ley pero no se lleva a cabo por los ministerios públicos, pues los acusan de robo, de portación de arma, de amenazas, pero nunca son acusados de secuestro”.
Al ser esto una práctica común en el estado, suscitando que quienes son procesados por este tipo de delitos quedan en libertad en poco tiempo, el tricolor manifestó que sin importar la duración del secuestro, el que ladrones retengan a pasajeros en el transporte público para despojarlos de sus pertenencias se amerita al instante como privación de libertad o secuestro exprés.
Por lo que, de aprobarse en la siguiente sesión, se instruiría a que los Ministerios Públicos tomen en cuenta mencionada ley, la cual en su inciso “d” considera como materia de secuestro al “secuestro exprés, desde el momento mismo de su realización, entendiéndose por éste, al que para ejecutar los delitos de robo o extorsión, prive de la libertad a otro”.
Con penas que dictan de 40 a 80 años de prisión y multas de mil a 4 mil días de salario mínimo, el diputado Salvador Arellano Guzmán agregó que de aprobarse en la siguiente sesión, exhortarán al fiscal general de Jalisco para que instruya a los agentes del Ministerio Público para que apliquen lo que está asentado por la ley y se castigue como corresponde a quien asalte el transporte público.
