El ciudadano podría salir hasta multado
Los engorrosos trámites burocráticos que se tienen que hacer si se sufre un daño en el automotor impiden prácticamente que los habitantes se acerquen a exigir lo que por derecho les corresponde
Por Francisco Andalón López

Un ciudadano se quejó en su red social de que le cayó un árbol en la fachada de su casa, pese a que lo reportó una y otra vez a la anterior administración, y a ésta, fueron omisos. Hoy no sabe a quién acudir para que le paguen los daños/Foto: Cortesía
Solicitar una indemnización por daño patrimonial, conlleva vivir un calvario burocrático, con el riesgo de que no se pague la afectación que se tuvo y el ciudadano podría hasta ser objeto de una multa, según se establece en la Ley de Responsabilidad Patrimonial.
En el caso de una ponchadura de un carro por pasar por un bache, el ciudadano podría aprovechar esta normatividad con la esperanza de que se le pague el daño sufrido, pero hay que cumplir con una serie de requisitos.
La reclamación de indemnización deberá presentarse por escrito, debiendo contener como mínimo: la entidad a la que se dirige; el nombre, denominación o razón social del promovente y, en su caso, del representante legal, agregándose los documentos que acrediten la personería, así como la designación de la persona o personas autorizadas para oír y recibir notificaciones y documentos;
El domicilio para recibir notificaciones; la petición que se formula, agregando un cálculo estimado del daño generado; la descripción cronológica, clara y sucinta de los hechos y razones en los que se apoye la petición; la relación de causalidad entre el daño producido y la actividad administrativa irregular de la entidad;
Las pruebas, cuando sean necesarias, para acreditar los hechos argumentados y la naturaleza del acto que así lo exija; nombre y domicilio de terceros en el caso de existir; y el lugar, la fecha y la firma del interesado o, en su caso, la de su representante legal.
Pero si la reclamación que se lleva a cabo en la Secretaría General de cada Ayuntamiento se declara improcedente, o que sea declarada infundada por haberse interpuesto sin motivo, se le impondrá una multa de 730 a 3 mil 652 pesos.
Por ello es que muchas personas optan por quedarse con el coraje de haber sufrido una avería en su vehículo a pesar de que los ayuntamientos o la secretaría de infraestructura y obra pública (Siop) son las encargadas de mantener en óptimas condiciones las calles, sin que esto se cumpla a cabalidad.
En caso de ponchadura, reparar la llanta no tiene un costo superior a los 50 pesos, a menos que se tenga que llevar al llantero a la zona, quien podría cobrar hasta 150 pesos; adquirir un galllito para reponer la llanta dañada tiene un costo de alrededor de 150 pesos, por lo que no se invertiría más de 500 pesos y si se pide la reparación del daño, se podría hasta pagar una multa 200 pesos más elevada que lo que antes se pagó.
En el caso de la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública (SIOP), su competencia son los carriles centrales de Lázaro Cárdenas y del Periférico, mientras que en estos puntos, los municipios tendrían que llevar a cabo las labores de repavimentación y bacheo en las laterales, para que en ambos casos se pueda transitar en óptimas condiciones.
